Para más contenido exclusivo!

El Gobierno Federal reporta reducción del 49% en homicidios dolosos y defiende estrategia de pacificación

OAXACA DE JUÁREZ, OAX. — Durante su gira de trabajo por el sureste del país, la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, encabezó un...
spot_imgspot_img

SUSCRIBETE

spot_imgspot_img

Violencia política de género y abuso de poder. Por: Mtra. Elizabeth Avila Carrancio

fecha:

Del derecho a la censura: violencia política de género y abuso de poder en el caso Negrete vs. Zermeño: La violencia política intrafemenina, como forma de violencia patriarcal de mujeres en el poder.

Palabras clave

Violencia política de género, libertad de expresión, privacidad, derecho electoral, abuso de poder, feminismo político.

La reciente resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el caso Negrete vs. Zermeño constituye un precedente clave en la delimitación de la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) en entornos digitales. El fallo no solo revoca una sanción basada en mensajes privados, sino que expone un fenómeno más profundo: la posible instrumentalización del derecho electoral como mecanismo de control político. Este artículo analiza la decisión desde una perspectiva constitucional, crítica y feminista, problematizando el uso expansivo de la VPMRG y sus implicaciones para la libertad de expresión, la privacidad y el equilibrio democrático.

cuando el derecho se vuelve herramienta de poder

En contextos democráticos contemporáneos, el derecho electoral ha dejado de ser únicamente un mecanismo de organización del poder para convertirse también en un campo de disputa política. El caso Negrete vs. Zermeño es paradigmático en este sentido: revela cómo categorías jurídicas diseñadas para proteger derechos —como la violencia política de género— pueden ser reconfiguradas y, eventualmente, instrumentalizadas.

La decisión de la Sala Superior, al revocar la sanción impuesta, no solo resuelve un conflicto individual, sino que fija límites al alcance del poder sancionador del Estado frente a la vida privada y la libertad de expresión. El caso: de lo privado a lo jurisdiccional

El conflicto surge a partir de la denuncia presentada por Almendra Negrete contra Emma Zermeño, derivada de mensajes emitidos en un chat privado de WhatsApp. Dichos mensajes, filtrados por terceros, fueron considerados inicialmente como constitutivos de violencia política de género. Sin embargo, el elemento central del caso radica en su naturaleza:

• Se trata de comunicaciones privadas

• No dirigidas directamente a la denunciante

• Sin difusión pública acreditada

• Obtenidas sin control judicial

La Sala Superior resolvió que estos elementos eran insuficientes para configurar una infracción electoral, particularmente al no existir afectación real a los derechos político-electorales de la denunciante. La decisión del Tribunal: límites al poder sancionador. Además la sentencia establece tres criterios fundamentales:

1. No todo conflicto entre mujeres es violencia política de género. El Tribunal reafirma que la VPMRG exige:

• afectación real al ejercicio del cargo

• impacto en derechos político-electorales

• un contexto que trascienda lo interpersonal

Esto impide que la categoría se diluya en conflictos privados o desacuerdos políticos.

2. La privacidad como límite constitucional:

El fallo reconoce que las comunicaciones privadas están protegidas por el marco constitucional, particularmente por el principio de inviolabilidad de las comunicaciones. Sancionar expresiones en chats privados implicaría abrir la puerta a un modelo de vigilancia incompatible con el Estado constitucional de derecho.

3. La invalidez de pruebas ilícitas:

Las capturas de pantalla obtenidas sin consentimiento ni autorización judicial fueron consideradas pruebas ilícitas, reafirmando el principio de legalidad en materia probatoria. El riesgo del punitivismo electoral

Más allá del caso concreto, la resolución permite identificar una tendencia preocupante: la expansión del derecho sancionador electoral bajo la bandera de la protección de derechos. Este fenómeno puede conceptualizarse como: punitivismo electoral de género,  es decir, el uso de categorías de protección —como la VPMRG— para ampliar el control institucional sobre conductas que no necesariamente lesionan derechos fundamentales.

Violencia política intrafemenina: una categoría emergente

Desde una perspectiva feminista crítica, el caso también evidencia dinámicas de poder entre mujeres en el ámbito político. FUNDAMENTAL ES SEÑALAR CLARAMENTE QUE: No toda confrontación entre mujeres es expresión de patriarcado. En ciertos contextos, puede tratarse de:

• disputas por poder político

• control de narrativas

• uso estratégico de mecanismos institucionales

Esto abre la puerta a una categoría analítica relevante:VIOLENCIA POLÍTICA INTRAFEMENINA,  donde mujeres con mayor acceso al poder institucional pueden activar mecanismos jurídicos contra otras mujeres en condiciones de menor poder.

¿Buen gobierno o abuso institucional?

El caso plantea una pregunta de fondo: ¿hasta dónde puede llegar el Estado en su función de proteger derechos sin vulnerarlos? Desde la perspectiva del derecho al buen gobierno, la actuación estatal debe regirse por:

• legalidad

• proporcionalidad

• eficacia

• respeto a derechos fundamentales

Cuando el aparato institucional se utiliza para sancionar expresiones privadas, se corre el riesgo de transitar hacia formas de abuso de poder legitimado jurídicamente. En el caso de Morena y la lógica del poder que actualmente manejan: Hay una reflexión necesaria, sin caer en reduccionismos partidistas, el caso se inscribe en un contexto político más amplio donde actores vinculados al poder han sido señalados por:

• judicializar la crítica

• expandir categorías de violencia

• utilizar instituciones para proteger su imagen

Si bien es cierto, esto no es exclusivo de un partido, pero en el contexto actual resulta relevante analizar cómo el discurso de derechos puede convertirse en herramienta de control político. La resolución del TEPJF en el caso Negrete vs. Zermeño constituye un dique frente a la expansión del poder sancionador del Estado. El fallo entonces claramente es importante porque:

• protege la privacidad;

• salvaguarda la libertad de expresión;

• delimita el alcance de la violencia política de género. 

Pero, sobre todo, deja una advertencia: Cuando el derecho se utiliza para sancionar la disidencia —aunque sea en privado— deja de ser instrumento de justicia para convertirse en mecanismo de control. En tiempos de polarización política y expansión del poder institucional, este precedente reafirma que la democracia no solo se defiende en las urnas, sino también en los límites que se imponen al poder.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Compartir:

Suscribirse

Popular

Relacionadas
Related